1º Expediente previo del Registro Civil:
Solicitar cita previa y buscar hoja de solicitud del matrimonio del registro civil, lo puede hacer una 3º persona, y nos darán una hoja informativa en la que nos indicarán que debemos entregar la siguiente documentación.
Documentación necesaria
Documentos que debe entregar el extranjero/a
– NIE o pasaporte (en vigor).
– Certificado literal de nacimiento. (Legalizado)
– Certificado conforme estás soltera.
– Certificado consular que acredite la capacidad para contraer matrimonio.
– Certificado del Consulado que indique si es necesario o no la publicación de edictos.
– Certificado de inscripción consular emitido por el Consulado.
– Certificado de empadronamiento.
Documentos que debe entregar el español/a
-Certificado literal de nacimiento del Registro Civil
-DNI o Pasaporte
-Certificado de empadronamiento de los dos últimos años (mirar que contenga fecha de alta en el padrón ya que, si no, no es válido) del Ayuntamiento.
- Fe de vida y estado del Registro Civil. Solamente lo puede tramitar otra persona si se acredita una incapacidad por fuerza mayor, es decir que, por un tema laboral, no sería justificación suficiente y se debería tramitar personalmente.
- Una vez entregada la documentación y la solicitud firmada por los 2 (se puede entregar personalmente, por una 3º persona o por correo postal en la sección de matrimonios del Registro Civil de Barcelona) se examinará y el/la juez dicta providencia mediante la cual se abre el expediente matrimonial y se señala día y hora (se les llamará) para una audiencia reservada en la que deberán comparecer los dos interesados procederá a la Ratificación judicial de la voluntad de contraer matrimonio.
- El día de la citación se hará rellenar una hoja con los datos y se les hará manifestar una declaración jurada sobre su estado civil y el testigo/s tendrá que dar veracidad a esas declaraciones. El día de la entrevista os harán preguntas sobre vuestro matrimonio, a cada uno por separado.
- Posteriormente se publicarían los edictos, durante 15 días en el tablón de anuncios del Registro Civil. Habría que esperar un tiempo.
- El expediente se pasaría al fiscal y si no tiene nada que alegar se dictará un auto aprobando el expediente y el matrimonio.
- Una vez tengamos el auto, el expediente matrimonial y la relación de datos de ambos cónyuges se envía directamente a la autoridad ante la cual tendrá lugar la ceremonia. Excepto que la celebración sea en el Ayuntamiento que en este caso deberá recogerse en el Registro Civil correspondiente el día que se le indique.
Podemos acudir con el auto al Ayuntamiento para solicitar fecha o hacerlo mediante certificado digital.
En los Ayuntamientos y juntas municipales se establecen unos días y horas a lo largo del año para celebrar bodas civiles, por lo que hay que tenerlo en cuenta.
¿Cómo se hace el trámite?
Antes de iniciar el trámite, deberá descargar, rellenar y guardar en el ordenador el siguiente formulario:
https://w9.bcn.cat/tramits/Secretaria/Casament/peticio_matrimoni_CAST.pdf (Disponible para versiones Acrobat Reader 7 o superiores)
El formulario le pedirá que se identifique con un certificado digital y que utilice la firma electrónica para presentar la solicitud en el registro telemático.
- Rellene el formulario.
- Adjunte los archivos o ficheros de la documentación necesaria para el trámite.
- Confirme los datos y firme la solicitud para presentarla en el registro telemático.
Después
- El distrito escogido se pondrá en contacto con las personas interesadas para completar el expediente, concretar la fecha y la hora, el protocolo y ver la sala donde se celebrará la ceremonia.
- La celebración se hará indistintamente en catalán o castellano, según se haya manifestado previamente. Recuerde que, si uno de los contrayentes o testimonios no conocen el catalán o el castellano, será necesario que los contrayentes vayan acompañados de un traductor jurado.
- Una vez celebrado el matrimonio, el Ayuntamiento de Barcelona de oficio, realizará la inscripción de la celebración en el Registro Civil.
La inscripción da fe del acto de matrimonio, de la fecha, hora y lugar en el que se celebró.
- Es el medio de prueba conforme se realizó el matrimonio y legitima el estado civil de casado/a. El matrimonio produce efectos civiles desde su celebración y para el reconocimiento de estos derechos es necesario inscribir el matrimonio en el Registro Civil.
- Una vez realizada la inscripción (unos 15 días después de la ceremonia), los contrayentes deberán recoger en el Registro Civil, con la copia del Acta Matrimonial que les entregarán el día de la boda, el libro de familia.
Documentación
- Formulario para la celebración del matrimonio civil en el Ayuntamiento de Barcelona. (Enlazado más arriba).
- Auto del Registro Civil*.
- Los documentos de identificación personal de las personas contrayentes (DNI, pasaporte o tarjeta de residencia).
- Una vez tengamos esta documentación y ya se haya celebrado la boda, el ciudadano extranjero, se convierte en familiar de un ciudadano comunitario y con derecho a residencia en España, pero para ello, debe realizarse un último trámite y el más importante. En ese momento puede contactar con Vàlua Advocats, somos expertos abogados en extranjería, es un trámite sencillo y no necesitará ni desplazarse para entregar la documentación, también se puede hacer personalmente, pero actualmente resulta casi imposible encontrar citas disponibles para presentar la documentación en extranjería. Nosotros solicitaremos la cita a través del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona y le tramitaremos la cita sin problema y le informaremos y le entregaremos su solicitud para su constancia.
- Le informaremos de la documentación a aportar vigente en el momento, ya que hay muchas páginas que están desactualizadas y nos la hará llegar para corroborar que todo esté ok.
- Le pediremos cita en la oficina de extranjería.
- Se presentará toda la documentación requerida.
Documentación exigible
- modelo de solicitud. EX019. (Modelo actual en vigor).
2. Pasaporte completo, válido y en vigor.
3. 3 fotos.
4. DNI del cónyuge español.
5. Certificación de matrimonio.
6. Certificado de empadronamiento de ambos cónyuges.
7. Documentación laboral cónyuge español o ciudadano de la Unión. - Acreditación de medios económicos por parte del ciudadano de la Unión (varían cada año).
¿Cuánto tardan los papeles del familiar comunitario?
Una vez lo hayamos presentado, en una semana (tiempo estimado a la redacción del presente artículo en Barcelona) recibiremos una resolución informando sobre la concesión de la residencia de familiar de ciudadano comunitario.
A partir de aquí y con esa resolución se tendrá que acudir a la policía para la tramitación de la tarjeta de identidad.
Duración tarjeta familiar comunitario
Esta residencia tiene una duración de 5 años y permite trabajar tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, a partir del momento en que se obtiene la resolución.
Nacionalidad con tarjeta de familiar comunitario
Los extranjeros/as casados con un español/a podrán conseguir la nacionalidad española después de 1 año de residencia legal.
Te hemos explicado los documentos y trámites que necesitas. Como sabemos que no es fácil, estamos a tu disposición en nuestra página de contacto de Vàlua Advocats.
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